Mi fabricante está fuera de la UE — ¿quién se encarga entonces de la ficha de especificaciones del producto?
El importador o representante autorizado se encarga de ello
Si el fabricante está fuera de la UE, la responsabilidad del digital product passport se desplaza hacia la parte que comercializa el producto dentro de la UE: el importador, o un representante autorizado designado por el fabricante. El ESPR parte del supuesto de que siempre hay un punto de contacto dentro de la UE para las obligaciones relativas al product passport, incluso cuando el fabricante está establecido fuera de la Unión. Quién es exactamente ese punto de contacto depende de cómo el fabricante ha organizado su distribución europea: con un representante autorizado propio, o a través de un importador que compra el producto de forma independiente y lo revende. En ambos casos, la obligación recae en una parte que actúa realmente en la UE y que puede ser interpelada por una autoridad supervisora.
Para quién se aplica esto y para qué no
Se trata de la cuestión de quién es responsable dentro de la UE del product passport cuando el fabricante del semiacabado de acero o hierro está fuera de la Unión —por ejemplo, un productor fuera de la UE que suministra directamente a clientes europeos. No se trata del contenido del pasaporte en sí, ni tampoco de qué grupos de productos están sujetos al ESPR y en qué momento; esto se regula por separado para cada categoría de producto mediante actos delegados. Tampoco se trata de la cuestión de si un importador puede elaborar por sí mismo un product passport sin datos del fabricante. El importador o representante autorizado es responsable del cumplimiento de la obligación, pero eso no significa automáticamente que esa parte recopile también todos los datos de materiales y origen subyacentes por sí misma. Esos datos proceden normalmente del fabricante, incluso si otra parte es formalmente responsable de que el pasaporte exista y sea correcto.
Aún sin fecha fija, pero esto está establecido
Aún no hay una fecha concreta en la que esta obligación entre en vigor para el acero y el hierro. El plan de trabajo del ESPR para 2025-2030 indica que se espera que los primeros actos delegados sigan en 2026, con obligaciones que entran en vigor varios meses después. Hasta que el acto delegado esté disponible y se publique, no hay aún obligación alguna para el acero y el hierro de contar con un digital product passport —y, por lo tanto, tampoco obligación alguna para un importador o representante autorizado de garantizarlo. Lo que ya está establecido es el principio del propio ESPR: la distribución de funciones entre fabricante, representante autorizado e importador está fijada en los artículos 28 y 29, independientemente de la fecha en que un grupo de productos específico quede sujeto a la obligación. Tan pronto como se publique el acto delegado para el acero y el hierro, esa fecha se mencionará aquí.
Qué significa esto para el comerciante o transformador de acero
Quien compre acero o semiacabados de hierro a una parte fuera de la UE hace bien en averiguar primero por qué ruta entra el producto en la UE: a través de un representante autorizado del fabricante, o a través de un importador que compra en nombre propio. Esta cuestión determina quién será el punto de contacto para el product passport. A continuación, conviene verificar si ese importador o representante posee los datos subyacentes de materiales y origen, o si deben solicitarse aún al fabricante mismo —la obligación puede desplazarse a una parte dentro de la UE, pero los datos en sí proceden normalmente del fabricante. Para quien transforma y revende metal por su cuenta, también es relevante saber si su propia empresa califica como importador en la cadena —por ejemplo, porque compra directamente a un fabricante fuera de la UE, sin intermediario dentro de la Unión. En ese caso, las obligaciones del artículo 29 pueden recaer en la propia empresa, y no en un tercero.
La base: artículos 28 y 29 del ESPR
El artículo 28 de la ESPR describe el papel del representante autorizado: una parte dentro de la UE que un fabricante establecido fuera de la Unión puede designar por escrito para realizar en su nombre tareas relacionadas con las obligaciones derivadas del reglamento, incluido el pasaporte de producto. El artículo 29 describe las obligaciones de los importadores: quien introduce un producto de fuera de la UE en el mercado debe asegurar, entre otras cosas, que el fabricante ha cumplido sus obligaciones y que el pasaporte de producto está presente y es accesible. En conjunto, estos dos artículos determinan que, independientemente de dónde esté establecido el fabricante, siempre hay una parte dentro de la UE que es responsable del pasaporte de producto.
Si ahora ya trabaja con un fabricante fuera de la UE, puede comenzar a identificar qué ruta sigue el producto — a través de un representante autorizado o a través de un importador — y registrar quién desempeña ese papel y si ya hay datos disponibles sobre materiales y origen. De esta manera, habrá algo listo cuando la obligación para el hierro y el acero entre en vigor, en lugar de que la investigación comience entonces.
En qué se basa esto
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 28 (representantes autorizados)
- Reglamento (UE) 2024/1781 (ESPR), artículo 29 (obligaciones de los importadores)
La verordening en sí está en EUR-Lex. Nos referimos a cada afirmación; no tiene que creernos.
Lo que usted debe hacer concretamente
El acero y los productos siderúrgicos semielaborados proceden en gran medida de fuera de la UE: Turquía, el Reino Unido, Asia. Cuando ese producto entra en el mercado de la UE, cambia algo en la distribución de obligaciones. El fabricante sigue siendo responsable de la exactitud de los datos, pero quien realmente comercializa el producto en la UE adquiere su propio papel en el proceso. Suele ser la empresa que en la práctica denominamos "importador": quien obtiene el acero de un país fuera de la UE y lo vende o transforma aquí.
Lo que se espera de usted
Verificar si el pasaporte del producto existe antes de que se importe el producto
El artículo 29 del ESPR (Reglamento (UE) 2024/1781) impone al importador un papel de control: verificar si el fabricante ha elaborado el pasaporte del producto y si ese pasaporte cumple los requisitos, antes de que el producto se comercialice en el mercado de la UE. Para una empresa de 10 a 100 empleados, esto significa en la práctica que el departamento de compras o la dirección debe verificar con cada nuevo proveedor fuera de la UE si existe un pasaporte, y no dejarlo para el momento en que la carga ya está en camino. Este es uno de los puntos en los que la diferencia entre ser importador o fabricante según el ESPR tiene un impacto directo en lo que se espera de una empresa.
Asegurar un representante autorizado, si el fabricante no designa uno por su cuenta
El artículo 28 del ESPR describe la figura del representante autorizado: una parte dentro de la UE que ha sido designada por escrito por el fabricante fuera de la UE para realizar en su nombre tareas relacionadas con el pasaporte del producto. Para una empresa siderúrgica de tamaño mediano, esto significa verificar si el fabricante extranjero ya ha designado tal representante y, si no es así, que ese papel debe recaer en algún lugar — a menudo en el importador mismo, o en un tercero que asume esta tarea.
Mencionar nombre propio y datos de contacto
Un importador que comercializa acero desde un país tercero en el mercado de la UE, menciona según el artículo 29 su propio nombre, nombre comercial registrado o marca y dirección de contacto en el producto, el embalaje o un documento adjunto. En la práctica de una empresa comercial de este tamaño, esto significa una regla fija para el etiquetado y la documentación en cada envío, no algo que tenga que reinventarse para cada pedido.
Conservar y poder mostrar la información subyacente
El importador mantiene a disposición de las autoridades de vigilancia del mercado una copia del pasaporte del producto y la información de conformidad asociada, incluso después de que el producto ya haya sido revendido. Para una empresa de este tamaño, esto es principalmente una cuestión de archivo: dónde se almacena esta información y si es localizable en el momento en que se solicita.
Tomar medidas apropiadas en caso de duda sobre la conformidad
Cuando un importador tiene razones para creer que un producto no cumple los requisitos, se espera que no comercialice el producto hasta que se haya restaurado la conformidad, y que informe al fabricante y a la autoridad de vigilancia del mercado al respecto. Esto requiere un acuerdo interno sobre quién dentro de la empresa hace esa evaluación y quién contacta al fabricante al respecto.
Dónde se producen problemas en la práctica
Un problema recurrente es que el fabricante extranjero entrega un pasaporte elaborado para otro mercado, con datos que no se ajustan a los requisitos de la UE — el importador solo se da cuenta cuando un cliente o una autoridad de vigilancia lo pregunta.
También ocurre que nadie se siente responsable de la función de representante autorizado: el fabricante asume que el importador se encargará de esto, el importador asume que esto corresponde al fabricante, y la designación nunca se formaliza por escrito.
Una tercera situación: el acero se revende a través de múltiples intermediarios antes de llegar al usuario final, de modo que nadie sabe quién recibió el pasaporte original y dónde se encuentra la copia de la información de conformidad. Esto también afecta la cuestión qué obligaciones tiene un distribuidor o comerciante de acero, puesto que este eslabón de la cadena tiene un papel propio y más limitado que no debe confundirse con el del importador.
Una cuarta trampa: el producto se revende bajo marca propia o nombre comercial propio, sin haberse planteado si con ello una parte distinta del fabricante original se vuelve responsable del contenido del pasaporte. Quien reempaque o transforme acero y lo ofrezca bajo marca propia hace bien en examinar qué cambia cuando se vende acero bajo marca propia.
Una quinta situación surge con la venta a través de una plataforma: el producto entra desde un tercer país y se ofrece directamente a través de un marketplace, sin que esté claro quién en esa estructura asume el papel de importador.
Lo que usted puede documentar
- Una instrucción escrita del representante autorizado, conforme a lo dispuesto en el artículo 28 de la ESPR, con nombre, domicilio y las tareas que este representante realiza en nombre del fabricante.
- Un procedimiento fijo en la compra: en cada nuevo fabricante fuera de la UE se verifica si existe un pasaporte de producto y si se ha designado un representante autorizado, antes de que salga el primer envío.
- Una lista interna o expediente con el nombre, nombre comercial y domicilio de contacto que constan en cada producto o en los documentos asociados, de forma que no haya que replantearse esto cada vez.
- Un lugar fijo para archivar copias del pasaporte de producto y la información de conformidad, incluyendo un plazo de conservación que se ajuste a la duración durante la cual la plataforma aloja el pasaporte.
- Un acuerdo sobre quién dentro de la empresa evalúa si hay razón para dudar de la conformidad de un envío, y cómo se informa de ello al fabricante y a la autoridad de vigilancia.
Para las empresas que se pregunten si todo esto puede hacerse con personal existente o si parte de estas tareas pueden subcontratarse, existe un resumen separado sobre contratar personal o externalizar el proceso. Y puesto que la cuestión de quién es responsable de qué nunca es independiente, se recomienda leerlo junto con el resumen más amplio sobre quién es responsable del pasaporte de producto de acero.
Esto no es asesoramiento jurídico. Esta página proporciona información general sobre la regulación que cubre esta plataforma. No conocemos su situación. Si tiene dudas sobre su propio caso, consulte a un abogado o a la autoridad supervisora competente.
Escrito con IA basado en las fuentes anteriores, revisado por una persona el 2026-08-22. ¿Hay algo que no sea correcto? Háganoslo saber — las correcciones tienen prioridad.